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Bloqueo y etiquetado (LOTO). La normativa OSHA

28 mayo 2018

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En un post anterior, en el que examinábamos qué es bloqueo y etiquetado (LOTO) en el ámbito de la seguridad industrial, veíamos que la base de estos procedimientos se hallaba en las normas desarrollados por la Administración para la Salud y la Seguridad Laboral (OSHA) en Estados Unidos en 1989.

La directiva directamente relacionada con el bloqueo y etiquetado es la norma OSHA.1910.147, relativa al control de fuentes de energía peligrosas, que se ha convertido con el paso de los años en el estándar internacional para homogeneizar los procedimientos y los requisitos de los dispositivos empleados en el LOTO.

Según esta norma, los productos empleados en el bloqueo y etiquetado (recordemos: los dispositivos de bloqueo propiamente dichos más los candados y las etiquetas LOTO) deben cumplir los siguientes requisitos:
Deben ser claramente identificables. Es por ello que los productos de bloqueo y etiquetado se distinguen por sus vivos colores, a fin de ser identificados a distancia.
Deben emplearse únicamente para el control de las fuentes de energía de la maquinaria y equipos de la empresa. Basta con tener un candado LOTO en la mano para darse cuenta que, ni por su diseño ni por los materiales que lo componen, tiene un nivel de seguridad como el de un candado estándar. Estos dispositivos sirven para bloquear la máquina o el equipo concreto, no para evitar hurtos.
Deben ser duraderos y resistentes y fácilmente instalables. Nos referimos a la resistencia a altas temperaturas o agentes químicos, por ejemplo, pero también a los rayos ultravioleta o a la conducción eléctrica. Es decir, tienen que resistir a las fuentes de energia que tratan de bloquear.

Hacia un programa de bloqueo y etiquetado en la empresa
La normativa OSHA establece asimismo que las empresas donde se van a desarrollar los trabajos de mantenimiento y reparación de máquinas y equipos deben implementar un programa para el bloqueo y etiquetado que comprende estos tres puntos básicos:
Procedimentar el control de las fuentes de energía, de forma que los trabajadores implicados en estas tareas sepan exactamente cómo actuar en cada máquina o equipo de la instalación.
Formar a los empleados para que desarrollen correctamente los procedimientos LOTO y preocuparse porque esos conocimientos se actualicen con el tiempo.
Realizar inspecciones periódicas, idealmente una o dos al año, para asegurarse de que los procedimientos se realizan correctamente.

Panorama normativo internacional relacionado con el bloqueo y etiquetado
En las dos últimas décadas, las prácticas de bloqueo y etiquetado se han extendido desde Estados Unidos a todo el resto del continente americano y de ahí, han saltado a Europa, donde cada vez más empresas industriales las están aplicando dentro de sus procedimientos de prevención de riesgos laborales.

Decíamos que la norma OSHA.1910.147 se ha convertido en el estándar al ser la primera en el mundo que regula el bloqueo y etiquetado. Sin embargo, las leyes de cada vez más países dan cabida, expresamente o de facto, a estos procedimientos. En la Unión Europea, las directivas comunitarias los mencionan dentro de sus prácticas recomendadas en la prevención de riesgos laborales.

Un ejemplo lo tenemos en España, con el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. En el punto 1.14 de su Anexo II señala:
“Las operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo que puedan suponer un peligro para la seguridad de los trabajadores se realizarán tras haber parado o desconectado el equipo, haber comprobado la existencia de energías residuales peligrosas y haber tomado las medidas necesarias para evitar su puesta en marcha o conexión accidental mientras esté efectuándose la operación. Cuando la parada o desconexión no sea posible, se adoptarán las medidas necesarias para que estas operaciones se realicen de forma segura o fuera de las zonas peligrosas”.

Esta mención es perfectamente aplicable a los pasos del procedimiento de bloqueo y etiquetado (LOTO) que detallaremos en un próximo post.facebooktwittergoogle_plusredditpinterestlinkedinmail



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